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Aumento de naftas: a cuánto se van las multas de tránsito en San Juan

Los montos de las multas de tránsito en San Juan se actualizan automáticamente tras conocerse el nuevo precio de la nafta infinia, por ley. A cuánto se van.

POR REDACCIÓN

01 de mayo de 2024
Los montos de las multas de tránsito se calculan con la combinación de una unidad fija y el valor de la nafta infinia, por ley. Imagen ilustrativa. 

El Ministerio de Gobierno, a través de la Secretaría de Gobierno, Justicia y DD. HH. brindó detalles de cómo se calcula el valor de las infracciones graves, como la del conductor que es atrapado mientras maneja en estado de ebriedad o conduce sin tener carnet. Los montos de las multas de tránsito en San Juan se actualizan automáticamente con la combinación de una unidad fija y el precio de la nafta infinia, por ley. Cómo el importe de la infinia aumentó, a cuánto se fueron los valores de las infracciones.

La encargada de estadísticas del Tercer Juzgado de Faltas, Norma Carmona, en marco de otra nota con DIARIO HUARPE, adelantó que los montos de las multas incrementarían con el aumento de los combustibles. 

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Para calcular el valor de la multa, se toma en cuenta el UF (unidad fija), equivalente al precio actual de un litro de nafta infinia. Todo con base en que la Ley N° 6.684 (Ley Nº 528-R), la Provincia de San Juan adhiere íntegramente a lo establecido por Ley Nacional de Tránsito N° 24449, y Decretos Reglamentarios.

Teniendo en cuenta esto, y que la nafta infinia pasó a valer $1.207 este miércoles 1 de mayo de 2024, los conductores que cometen infracciones pagarán las siguientes multas, según sea el caso:

Conducir vehículos en estado de intoxicación alcohólica o bajo la acción de estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir:
• Motos: 150 UF ($181.050)
• Automóviles: 250 UF ($301.750)
• Camionetas o furgones: 300 UF ($362.100)
• Camiones 400 UF ($482.800)
• Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF ($724.200)

Conducción de vehículos sin estar habilitados, o con registro vencido, o estando suspendida la habilitación o inhabilitados por autoridad judicial:
• Motos: 150 UF ($181.050)
• Automóviles: 250 UF ($301.750)
• Camionetas o furgones: 300 UF ($362.100)
• Camiones 400 UF ($482.800)
• Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF ($724.200)

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Al propietario o responsable de un vehículo que permita la conducción del mismo a personas no habilitadas, o menores de 16 años se aplicará:
• Motos: 150 UF ($181.050)
• Automóviles: 250 UF ($301.750)
• Camionetas o furgones: 300 UF ($362.100)
• Camiones 400 UF ($482.800)
• Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF ($724.200)

Violar los límites de velocidad señalizada o fijados en normas de tránsito: 250 UF ($301.750)

Falta de cinturones de seguridad o no usarlos al circular: 150 UF ($181.050)

Transportar más pasajeros que los autorizados para el vehículo que se trate: 100UF ($120.700)

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