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Amenazó con matar a su mujer, fue condenado, pero no irá a la cárcel
En la mañana del 4 de enero, el hombre llamó por teléfono para amenazar de muerte a su exesposa y minutos después se presentó en la casa golpeando la puerta y mostrando las armas a su hijo.
POR REDACCIÓN
Un hombre fue condenado tras violar una restricción perimetral y amenazar de muerte a su exesposa en su propio hogar, armado con un martillo y un cuchillo tipo carnicero. El hecho, ocurrido en la mañana del 4 de enero en el departamento San Martín, terminó con la rápida intervención policial y una condena en flagrancia por amenazas agravadas.
El imputado, identificado con las iniciales S.A.C. para proteger la identidad de las víctimas, ya contaba con una orden judicial vigente de exclusión del hogar y prohibición de acercamiento. Pese a ello, llevó a cabo una escalada de violencia que mantuvo en pánico a su exesposa y a su hijo en común.
La escalada del terror: de la llamada a la puerta
La mañana del domingo comenzó con una llamada telefónica alrededor de las 7.30 horas. S.A.C. llamó a su hijo, pero quien atendió fue su exesposa. Según consta en la causa, el hombre fue directo: le dijo que "la iba a matar".
Minutos después, la amenaza se materializó en la puerta de la vivienda. El hombre se presentó portando las armas y comenzó a golpear violentamente la puerta. Ante su hijo, exhibió el martillo y el cuchillo y aseguró que mataría a su madre si no lo dejaban ingresar. Intentó coaccionar al joven, argumentando que "no iba a hacer nada" si le abrían, pero que incumplir su orden tendría consecuencias mortales.
Intervención policial y condena en flagrancia
Ante la gravedad inminente, las víctimas llamaron al 911. Al arribar el móvil policial, los efectivos observaron al agresor intentando huir. En un intento por deshacerse de la evidencia, S.A.C. arrojó el cuchillo y el martillo al techo de la casa, pero fue rápidamente reducido y detenido.
Durante el procedimiento, la mujer afectada exhibió a la policía el oficio judicial vigente que prohibía al hombre acercarse al domicilio, agravando su situación legal. El fiscal Fernando Bonomo se hizo cargo de la investigación, y tras un reajuste legal, el hecho fue calificado como "amenazas agravadas" según el artículo 149 bis del Código Penal, descartándose la figura de amenaza coactiva.
El caso se resolvió mediante un juicio abreviado, un procedimiento rápido aplicado cuando hay evidencia contundente y el imputado admite los hechos. Finalmente, el Juzgado de Paz de San Martín condenó a S.A.C. a un año de prisión de cumplimiento condicional (suspendida), imponiéndole reglas de conducta estrictas que incluyen, nuevamente, la prohibición de acercamiento a la víctima y la exclusión del hogar.