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Política > Acceso a la Salud

La Justicia rechazó el DNU de Milei y avaló la operación de género a un menor

La Cámara Federal de Paraná confirmó una sentencia que obliga a la obra social Osecac a cubrir una mastectomía para un adolescente trans. El tribunal declaró inconstitucional el decreto que prohibía estas intervenciones en menores de edad.

POR REDACCIÓN

30 de mayo de 2025
La obra social deberá hacerse cargo de intervención quirúrgica del adolescente. (Foto: Archivo) 

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná ratificó una resolución judicial que ordena a la obra social OSECAC autorizar de manera integral una cirugía de afirmación de género solicitada para un joven de 17 años. El fallo, conocido el 29 de mayo, respaldó la decisión del juez federal Daniel Alonso, quien en abril había hecho lugar al recurso de amparo presentado por los padres del adolescente.

La mayoría del tribunal, conformada por los jueces Beatriz Estela Aranguren y Mateo José Busaniche, declaró inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°62/2025, firmado por el Presidente de la Nación, que modificaba el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género (Ley 26.743) y vetaba las intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales en menores de 18 años. La jueza Cintia Graciela Gómez votó en disidencia.

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En su decisión, la Cámara enfatizó que no existían motivos extraordinarios que justificaran un cambio legal tan significativo mediante un decreto. “No se acreditan circunstancias excepcionales que habiliten la vía del DNU”, sostuvo el fallo, que también cuestionó la escasa fundamentación del Ejecutivo, apoyada en un informe técnico sobre salud mental que advertía sobre la falta de certezas en los efectos a largo plazo de estas terapias.

El origen del caso se remonta a la presentación de un amparo por parte de los progenitores del adolescente, quienes solicitaron que su hijo accediera a una mastectomía conforme a indicaciones médicas. El juez Alonso ordenó la inmediata autorización de una interconsulta médica con un prestador y la cobertura total del procedimiento por parte de Osecac, decisión que ahora fue confirmada por la Cámara.

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La normativa cuestionada, introducida por el artículo 1 del DNU 62, reemplazaba el artículo 11 de la ley 26.743 para prohibir expresamente el acceso de menores de edad a tratamientos destinados a adecuar su cuerpo a su identidad de género autopercibida. Desde el Poder Ejecutivo se había argumentado que la reforma respondía al interés superior del niño, aunque la Justicia consideró que el decreto incurre en un “arrogamiento de facultades legislativas” por parte del Presidente.

Los jueces subrayaron que la Constitución Nacional solo habilita los DNU en casos estrictamente excepcionales, y remarcaron que el proceso legislativo no había estado impedido. Así, el tribunal reafirmó la vigencia plena de la Ley de Identidad de Género en su versión original, aprobada por el Congreso en 2012 con amplio consenso político.

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Con esta sentencia, la Cámara Federal de Paraná deja firme la orden judicial contra Osecac, a pesar de la normativa restrictiva impuesta por el Ejecutivo a comienzos de este año.

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