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Municipios de San Juan deberán hacerse cargo del alumbrado público
El Juzgado Federal Nº 2 rechazó la cautelar contra la resolución nacional que prohíbe incluir tasas municipales en las boletas de servicios, dejando a los municipios con la obligación de financiar el alumbrado y mantenimiento eléctrico con recursos propios.
Por Gustavo Bruni
La Justicia Federal falló contra los 19 municipios de San Juan al rechazar la medida cautelar presentada contra la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación. Esta disposición prohíbe a las empresas eléctricas y de gas incluir en sus facturas conceptos ajenos a los servicios, como el Cargo Único Municipal (CUM), que financiaba el alumbrado público y el mantenimiento de redes eléctricas.
La resolución, dictada el 26 de diciembre por el juez Leopoldo Rago Gallo del Juzgado Federal Nº 2, determinó que la solicitud de los municipios no cumplía con los requisitos de “peligro en la demora”. Según los considerandos del fallo, la demanda se presentó casi 90 días después de la publicación de la medida nacional, evidenciando, según el tribunal, falta de urgencia en la gestión del caso.
Meses atrás, el vicepresidente del EPRE, Roberto Ferrero, explicó en diálogo con DIARIO HUARPE que “la medida a nivel nacional tiene que ver con que cualquier ítem que no esté relacionado con la prestación del servicio de electricidad no puede estar en la factura”. A la vez, el profesional indicó que en San Juan no se incluyen conceptos no relacionados con la energía en las boletas de electricidad.
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“El CUM, presente en las facturas de la provincia, está destinado específicamente a cubrir los costos del alumbrado público, los edificios municipales y su respectivo mantenimiento”, explicó Ferrero. Este cargo no solo está vinculado al servicio de electricidad, sino que también fue regulado por el gobierno provincial mediante un decreto a fines de mayo de 2023, mucho antes de la medida nacional, con el objetivo de evitar abusos.
El CUM tiene un propósito claro y transparente: cubrir el consumo de electricidad de las farolas de alumbrado público y de los edificios municipales. Según Ferrero, “el alumbrado público hace a la seguridad de las personas, a la seguridad vial y también al comercio. Entonces, desfinanciar ese servicio no nos parece razonable porque esté o no esté en la factura, hay que seguirlo pagando”.
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El impacto de esta decisión judicial será significativo. Los municipios deberán asumir con recursos propios el costo del alumbrado público y el mantenimiento de las redes eléctricas, un gasto que hasta ahora se financiaba a través de las boletas de luz.
El fallo completo
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