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El Gobierno renueva el cupo para importar autos eléctricos e híbridos
Con un límite anual de 50 mil unidades, la medida exime del Derecho de Importación Extrazona a vehículos eléctricos e híbridos cuyo valor FOB no supere los 16 mil dólares y peso superior a 400 kilos, estableciendo criterios para su asignación.
POR REDACCIÓN
El Gobierno nacional oficializó la renovación del cupo para la importación de autos eléctricos e híbridos con beneficios arancelarios durante el año 2026, según lo publicado en el Boletín Oficial. La medida contempla una cuota anual de 50 mil vehículos que podrán ingresar al país sin pagar el Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.), un impuesto del 35% aplicado a modelos provenientes de países sin acuerdos comerciales bilaterales.
Este beneficio no se extiende a todos los autos eléctricos o híbridos, sino únicamente a aquellos cuyo valor FOB no exceda los 16 mil dólares. Además, se establece como requisito que el peso del vehículo sin batería sea superior a 400 kilos, excluyendo modelos livianos como el Coradir Tito, Citroën Ami o Mobilize Duo. Por el contrario, vehículos como el Renault Kwid E-Tech y el Baic EU5 están habilitados para acceder a esta ventaja.
En cuanto a la distribución del cupo, se asignarán 25 mil unidades a empresas terminales con producción en Argentina y otras 25 mil para personas físicas o jurídicas que no cumplan con esa condición. Los interesados deberán presentar un formulario de solicitud a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), dirigido a la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial del Ministerio de Economía.
Para las personas jurídicas, es necesario adjuntar documentación como el estatuto vigente conforme a la Ley General de Sociedades Nº 19.550 y la Ley Nº 27.349, además del último acta de designación de autoridades o un poder que habilite a la persona que realiza el trámite. En caso de que esta documentación esté vigente ante la Secretaría de Industria y Comercio, podrá reemplazarse con una declaración jurada.
Las empresas que pretendan importar vehículos bajo el amparo del Decreto Nº 49 de fecha 30 de enero de 2025 deberán completar la solicitud en la plataforma TAD, proporcionando información detallada sobre el precio en dólares, la posición arancelaria, marca, modelo, tecnología del vehículo, cantidad a importar y el mes estimado de nacionalización.
Asimismo, deberán presentar una declaración jurada que asegure que el vehículo cumplirá con las condiciones de seguridad activas y pasivas, y las normativas sobre emisión de contaminantes establecidas en la Ley Nº 24.449 antes de ser liberado al tránsito público.