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Tras las nuevas medidas de ARCA, los monotributistas deberán hacer este trámite sí o sí
Después de que el organismo recaudador anuncie las nuevas medidas para contribuyentes, los monotributistas estarán obligados a hacer este recibo.
POR REDACCIÓN
Las modificaciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tuvieron algunos efectos en el monotributo. Justamente, los contribuyentes tendrán que estar atentos a un trámite que deberán hacer de forma obligatoria.
Dentro del régimen tributario integrado y simplificado, la facturación es un procedimiento importante para cobrar el servicio o bienes que se producen. Ahora bien, el organismo recaudador introdujo la digitalización de un documento clave.
El trámite obligatorio
Los monotributistas de ARCA que se dediquen al transporte de un producto, deberán tener en cuenta el remito digital obligatorio que se informó en la Resolución General 5678/2025.
Su objetivo es reemplazar los formularios en papel usados tradicionalmente y se vinculará de forma automática al comprobante de facturación. De esta manera, el fisco tendrá acceso a auditorías más ágiles y transparentes.
Todas las categorías de monotributistas tendrán disponibles este trámite, solo cuando ejecuten operaciones de entrega o distribuyan bienes muebles.
A su vez, aclararon que las personas que las personas incluidas en esta labor y no tramite el remito, podrían exponerse a severas sanciones: desde multas económicas hasta la retención de la mercadería.
¿Cuánto paga un monotributista por mes y cuánto puede facturar?
- Categoría A: tope de $ 7.813.063,45 anuales. Total a pagar por mes: $ 32.221,31
- Categoría B: tope de $ 11.447.046,44 anuales. Total a pagar por mes: $ 36.679
- Categoría C: tope de $ 16.050.091,57 anuales. Total a pagar por mes: $ 42.951,25 en el caso de servicios y $ 41.982,19 para el comercio de bienes.
- Categoría D: tope de $ 19.926.340,10 anuales. Total a pagar por mes :$ 55.047,33 en el caso de servicios y $ 53.714,87 para el comercio de bienes.
- Categoría E: tope de $ 23.439.190,34 anuales. Total a pagar por mes: $ 55.047,33 en el caso de servicios y $ 53.714,87 para el comercio de bienes.
- Categoría F: tope de $ 29.374.695,90 anuales. Total a pagar por mes: $ 77.946,73 en el caso de servicios y $ 70.436,50 para el comercio de bienes.
- Categoría G: tope de $ 35.128.502,31 anuales. Total a pagar por mes: $ 98.096,95 en el caso de servicios y $ 84.530,08 para el comercio de bienes.
- Categoría H: tope de $ 53.298.417,30 anuales. Total a pagar por mes: $ 340.061,68 en el caso de servicios y $ 206.815,63 para el comercio de bienes.
- Categoría I: tope de $ 59.657.887,55 anuales. Total a pagar por mes: $ 626.993,55 en el caso de servicios y $ 309.020,04 para el comercio de bienes.
- Categoría J: tope de $ 68.318.880,36 anuales. Total a pagar por mes: $ 759.420,03 en el caso de servicios y $ 377.851,82 para el comercio de bienes.
- Categoría K: tope de $ 82.370.281,28 anuales. Total a pagar por mes: $ 1.050.323,75 en el caso de servicios y $ 456.773,20 para el comercio de bienes.