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Judiciales > Libre de cargos

Absolvieron a un joven acusado de violar a su amiga en una camioneta

Se trata del hijo de un productor agrícola de Pocito. El joven fue denunciado por un hecho de violación que ocurrió en el camping El Pinar. Un juez lo absolvió, mientras que otro confirmó la resolución tras la impugnación de la Fiscalía.

Hace 4 horas
Joaquín Danilo Delgado Charcos vivió el juicio en libertad. Foto gentileza. 

El caso contra Joaquín Danilo Delgado Charcos, un joven acusado de abuso sexual con acceso carnal contra una amiga, culminó con una sentencia absolutoria, a pesar del pedido de condena por parte del Ministerio Público Fiscal (MPF). El juez Roberto Montilla dictó la absolución, y posteriormente, el juez de impugnación, Maximiliano Blejman, ratificó la decisión, argumentando que la prueba de cargo resultó insuficiente para destruir el principio de inocencia.

El imputado, hijo de un productor agrícola de Pocito, permaneció en libertad durante el proceso, enfrentando una acusación que lo señalaba de haber agredido sexualmente a una joven conocida en el Camping El Pinar.

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La acusación y el escenario de la camioneta

Según la denuncia, el presunto ataque sexual ocurrió la madrugada del 7 de junio de 2024, después de que Delgado Charcos invitara a su amiga a dar una vuelta en su camioneta Toyota Hilux.

Tras compartir un momento con otras parejas en la Quebrada de Zonda y el Camping El Pinar, en Rivadavia, la joven relató que rechazó un intento de beso por parte de Delgado Charcos. Para tomar distancia, la denunciante se dirigió a la parte trasera del vehículo, bajó la compuerta de la caja y se sentó. Fue en ese momento que, según el relato fáctico del fiscal José Tomás Plaza, el muchacho la tomó por la fuerza, le bajó el pantalón y la bombacha, y la sometió sexualmente en la caja de la camioneta.

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Tras el presunto ataque, el joven habría intentado excusarse, diciendo: “¿Estás enojada? Perdón. Es que tenía ganas”. La víctima declaró que luego le dio una crisis de nervios y que lloró, enviando mensajes a sus amigas pidiendo ayuda y contando que había sido violada.

Un detalle relevante que surgió en los alegatos es que el fiscal Plaza describió que, después de la supuesta violación, Delgado Charcos detuvo el vehículo para comprar chocolates y ofrecérselos a la presunta víctima con el objetivo de conseguir su perdón, e intentó convencerla en los días posteriores a través de mensajes.

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Absolución por beneficio de la duda

Pese a que el fiscal Plaza solicitó una pena de siete años y seis meses de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal, el juez de primera instancia, doctor Roberto Montilla, dispuso la absolución del joven por el beneficio de la duda.

La defensa, representada por Ivana Salas y Martín Gustavo Torcivia, solicitó la absolución lisa y llana desde un inicio, argumentando que el acto fue consentido. La defensa señaló que las lesiones constatadas no se debieron a violencia y que nunca se pudo probar la penetración mediante el análisis genético.

La insuficiencia probatoria

Al revisar la impugnación del fiscal, Blejman concluyó que el déficit probatorio señalado en la sentencia para absolver al imputado se encontraba debidamente fundado. El juez de primera instancia no pudo alcanzar el grado de certeza requerido para sostener la tesis acusatoria, principalmente por la deficiencia probatoria de la Fiscalía.

Uno de los puntos clave fue que, aunque la denunciante indicó que el abuso se produjo en la caja o compuerta de la camioneta, el magistrado señaló que la camioneta nunca fue peritada en esa parte trasera para acreditar esa circunstancia.

El MPF, al apelar, calificó la sentencia absolutoria como deficiente y arbitraria, señalando que el magistrado “valoró la prueba de modo fragmentado y sesgado, sin considerar la situación de vulnerabilidad de la víctima ni la perspectiva de género”. El fiscal también señaló que es un agravio de que el magistrado dudara del acceso carnal al señalar que "no existen lesiones internas vaginales" ni "presencia de PSA dentro de la vagina de la denunciante".

Sin embargo, el tribunal de impugnación rechazó el recurso, afirmando que los agravios del fiscal consistían tan solo en una discrepancia con la forma de razonar del magistrado. Subrayó que la carga probatoria recae sobre el Ministerio Público Fiscal, y la deficiencia en la investigación (como la falta de pericia en la caja de la camioneta) no podía ser suplida por el juez o la defensa.

Blejman concluyó que la sentencia absolutoria del doctor Montilla estaba bien fundada, habiendo valorado acertadamente todas las pruebas incorporadas durante el debate. La resolución final fue confirmar la absolución por el beneficio de la duda.

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