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Apelarán la decisión de la Corte para reemplazar jueces en San Juan
El presidente de la Asociación Sanjuanina de Abogados Penalistas, Fernando Castro, adelantó a DIARIO HUARPE que apelarán la decisión de la Corte que amplía facultades a la Oficina Judicial para remplazar jueces por acumulación de trabajo.
POR REDACCIÓN
El presidente de la Asociación Sanjuanina de Abogados Penalistas (ASAP), Fernando Castro, adelantó a DIARIO HUARPE que este lunes apelarán oficialmente la acordada de la Corte de Justicia que amplía facultades a la Oficina Judicial para remplazar jueces por acumulación de trabajo, y la división en turno matutino y vespertino en el Colegio de Jueces. “Remplazar a un juez pone en crisis principios constitucionales”, dijo anteriormente.
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A través de un escrito dirigido a los miembros de la Sala Tercera de la Corte de Justicia, el abogado planteó una serie de inquietudes en relación a los Acuerdos de Superintendencia N°22/2021 y 5/2024 dictados por el Alto Tribunal en el marco del sistema procesal penal adoptado en la provincia (Ley N.º 1851-O art. 77°).
“Pedimos que se vuelva a la situación anterior. Es decir, que se considere al Colegio de Jueces como una unidad, que no se divida en turnos y pedimos que la Oficina Judicial no nombre jueces por razones tramitativas. Mañana lunes va a ser presentada esta apelación”, dijo Castro.
Según el escrito que será presentado este lunes, en primer lugar, la Asociación expresó su preocupación respecto al apartado N°9 del Acuerdo General N°22/2021, donde se establece que el denominado Colegio de Jueces constituye un todo indivisible y las audiencias deben distribuirse entre los jueces en turnos rotativos. Sin embargo, según la interpretación de ASAP, actualmente se ha dividido el Colegio de Jueces en dos grupos de trabajo, uno matutino y otro vespertino, lo cual reduce el universo de selección a la mitad al asignar un magistrado a cada caso. Esto, a juicio de la Asociación, podría propiciar el conocimiento anticipado del magistrado que intervendrá en cada caso, revirtiendo los vicios que se le atribuyeron al sistema procesal mixto en el que los magistrados estaban asignados por turnos fijos e inamovibles, lo que generaba la posibilidad de manipulación de causas.
En segundo lugar, la Asociación destacó que el inciso h) del apartado N°9 del Acuerdo General de Superintendencia N°5 implica un relajamiento del concepto de "juez que previno" al permitir su reemplazo fuera de las causales previstas en el sistema procesal vigente. Esta situación podría entrar en conflicto con las garantías constitucionales de "juez natural e imparcial", como ha ocurrido en el caso MPF-SJ N.º 01572-2022, donde se ha observado la colisión de intereses. Además, la decisión de Superintendencia extiende la función de la Oficina Judicial más allá de las finalidades propias del sistema de gestión asociada, lo que impacta negativamente en la función jurisdiccional y el sistema de competencias diseñado en base a los principios de improrrogabilidad e indisponibilidad.
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En este contexto, la Asociación consideró que las fricciones con el sistema general de garantías generadas por el inciso h) del apartado 9 del Acuerdo General N°5 no se solucionan con el "consentimiento" de los sujetos procesales, ya que se trata de una clara hipótesis de "nulidad absoluta" que compromete la capacidad del órgano jurisdiccional para intervenir en una causa concreta, una vez que se haya establecido el principio de "juez que previno" (inc. 1°, art. 222 del CPP). “La nulidad absoluta, por definición en materia penal, es inconformable e insanable por la conducta posterior de las partes”, relata el escrito.
De este modo, la Asociación expresó que estas inquietudes surgen de la necesidad de abordar de manera ágil y rápida la problemática de asignación y distribución de audiencias en el sistema acusatorio, especialmente después de la extensión a todos los delitos de competencia provincial. “Estas vicisitudes comprometen la vigencia del sistema general de garantías y el ejercicio diario de la profesión de abogado penalista”, aseguraron.
Por esta razón, con el objetivo de contribuir al perfeccionamiento del Sistema Procesal Acusatorio, la Asociación solicitó a la Sala Tercera del Alto Tribunal provincial que reconsidere la medida, revirtiendo la situación a las hipótesis contempladas en el Acuerdo de Superintendencia N.º 22/2021, que según su “humilde juicio”, es el que mejor se ajusta al sentido, alcance y espíritu del sistema procesal vigente. Por ello, la entidad se pone a disposición de la Corte de Justicia para exponer, analizar y discutir la temática abordada en la oportunidad que se considere conveniente y necesaria.