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Provinciales > En San Juan

Clausuran unas 4 fiestas privadas por fin de semana por no tener habilitaciones

La moda de las fiestas privadas ha crecido en San Juan y, a su vez, las infracciones por falta de habilitaciones. Desde Leyes Especiales, dijeron que hay alrededor de cuatro clausuras por fin de semana.

POR REDACCIÓN

22 de noviembre de 2024

La noche sanjuanina tiene mucha vida y cada vez se suman más fiestas privadas que se realizan los fines de semana. A la par de esto, se incrementaron las infracciones por las faltas de habilitaciones correspondientes. Desde Leyes Especiales comentaron a DIARIO HUARPE que las fiestas privadas los fines de semana son las principales clausuradas, mientras que en su minoría, los comercios que expenden bebidas.

El inspector Rodrigo Caballero notificó que “en promedio, se realizan cuatro clausuras de locales o fiestas en diferentes puntos de la provincia”. Los mismos son llevados a cabo mediante los operativos que buscan garantizar el cumplimiento de las normativas.

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 Caballero destacó que si bien los locales bailables sanjuaninos cumplen con las habilitaciones, muchos de ellos tienen una irregularidad vinculada con el horario de venta, ya que se sobrepasan. “Los kioscos son mayormente los que no tienen las habilitaciones, se los notifica y se los clausura”, agregó.

Por último, explicó que estas fiestas clandestinas no solo deben tener habilitaciones con respecto al expendio de alcohol, sino sobre estructuras del lugar, entre otras. “Las infracciones detectadas son remitidas al Juzgado de Faltas o de Paz, dependiendo la jurisdicción, donde se determinan las sanciones correspondientes”, concluyó.

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¿Qué habilitaciones se necesitan?

  1. Habilitación Municipal vigente, donde aparezca nombre y apellido del titular del local, domicilio comercial, rubro de la actividad y vigencia de la misma.
  2.  Constancia de Cuil del titular del local emitido por Anses.
  3.  Pago de las Unidades Tributarias correspondientes al rubro de la actividad.
  4.  Formulario de inscripción, el que tiene carácter de declaración jurada, el mismo debe ser impreso en formato y hoja oficio.
  5.  Fotocopia del D.N.I. del titular del local.

El certificado de expendio obtenido tiene una duración de un año, su validez está sujeta al mantenimiento de la habilitación municipal. En caso de que el certificado haya vencido, es obligatorio realizar un proceso de renovación que requiere la presentación de los mismos documentos exigidos en la inscripción inicial, además de un formulario de renovación en duplicado.

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