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Justicia confirmó el decomiso total de dólares a un chileno en Ezeiza
El Tribunal Penal Económico resolvió que los US$ 59.138 incautados en Ezeiza queden en poder del Estado, al considerar que formaron parte de una única maniobra delictiva.
POR REDACCIÓN
Un ciudadano chileno condenado por intentar sacar divisas de la Argentina sin declarar no logró que la Justicia le restituyera los US$ 10 mil que la normativa permite egresar del país. El Tribunal Oral en lo Penal Económico N°1 resolvió que la totalidad de los dólares secuestrados en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza quede definitivamente en manos del Estado.
La decisión se basó en que todo el dinero incautado formó parte de una misma maniobra delictiva y constituyó el objeto del delito de contrabando de divisas por el cual el imputado recibió una condena firme.
El caso se remonta a febrero de 2020, cuando el hombre fue interceptado mientras intentaba abordar un vuelo internacional con US$ 59.138 ocultos entre su equipaje de mano y su ropa. El dinero estaba fraccionado en fajos pequeños y escondido con el objetivo de eludir los controles aduaneros, según consta en el expediente judicial.
En noviembre de 2024, el tribunal lo condenó a dos años y dos meses de prisión en suspenso por tentativa de contrabando de divisas. Además, se le impusieron inhabilitaciones comerciales y la prohibición de ejercer funciones en fuerzas de seguridad. En esa sentencia se ordenó el decomiso de US$ 49.138, correspondientes al monto que superaba el límite legal permitido para salir del país sin declarar.
Sin embargo, quedó pendiente la situación de los US$ 10 mil restantes, que permanecieron bajo custodia judicial mientras se tramitaba una causa paralela por presunto lavado de dinero. Esa investigación fue archivada con un sobreseimiento definitivo, lo que motivó a la defensa a solicitar la devolución del dinero.
La fiscalía se opuso al planteo y sostuvo que restituir esa suma atentaría contra el carácter disuasivo de la sanción. En su dictamen advirtió que habilitar la devolución podría incentivar maniobras para sacar montos apenas superiores al permitido o dividir el dinero entre varias personas.
Al analizar el caso, la jueza de Cámara Sabrina Namer consideró que los US$ 59.138 integraron un único hecho punible. El tribunal remarcó que el imputado conocía la normativa vigente, que existían carteles informativos en el aeropuerto y que incluso había firmado una declaración jurada aduanera en la que consignó no transportar sumas superiores al límite autorizado.
“La totalidad del dinero secuestrado fue el objeto del delito”, señaló la resolución judicial. Con ese argumento, el tribunal dispuso que también los US$ 10 mil queden definitivamente decomisados por el Estado.