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Médicos condenados a indemnizar a paciente por mala praxis en Morón
Un tribunal analizó las consecuencias de las fallas médicas y el impacto irreversible en la vida de la víctima tras un diagnóstico tardío y decisiones cuestionadas.
POR REDACCIÓN
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón revocó una sentencia de primera instancia y condenó a profesionales médicos, a una obra social y a una clínica a indemnizar a una mujer que quedó con una incapacidad parcial y permanente tras padecer meningitis tuberculosa no diagnosticada oportunamente.
La paciente, de 34 años, acudió a diferentes profesionales de la salud en octubre de 2001 con dolores en la nuca y episodios de fiebre. Fue diagnosticada con "contractura muscular" y posteriormente "faringoamigdalitis" y "síndrome febril". Sin embargo, el cuadro se agravó hasta requerir su derivación a otro centro médico en estado crítico, donde se diagnosticó síndrome meníngeo.
La pericia médica presentada en el expediente concluyó que la paciente presenta una incapacidad parcial y permanente del 50 por ciento como resultado de la meningitis tuberculosa y las complicaciones asociadas. La resolución judicial indicó que la mujer debió someterse a tratamiento médico y diversos estudios, además de la operación para la colocación de una válvula.
Los jueces coincidieron en que existieron elementos para responsabilizar a los profesionales intervinientes por mala praxis ante el fallo diagnóstico. La sentencia de la instancia anterior había rechazado la pretensión indemnizatoria, pero la Cámara de Apelación analizó la prueba pericial y testimonios obrantes en el expediente y concluyó que existió un error de diagnóstico determinante en el agravamiento del cuadro de la mujer.
La resolución también responsabiliza a la obra social a la que la paciente estaba afiliada y a la clínica donde ocurrió la internación inicial, al entender que estos centros asumen una obligación de resultado respecto de la seguridad de la atención médica provista.
En virtud de las consideraciones precedentes, el tribunal fijó el monto de la indemnización total en setenta millones novecientos sesenta mil pesos ($70.960.000), distribuidos en concepto de daño físico, daño psicológico, daño moral, gastos médicos, farmacia y movilidad, así como el importe del tratamiento psicológico futuro. Se dispuso que los gastos del proceso sean soportados por los demandados condenados.