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Economía > A tener en cuenta

Monotributo 2026: ARCA define plazos y nuevas escalas de facturación

ARCA confirmó los plazos de 2026 y advirtió sobre multas por no actualizar los datos según los nuevos topes de ingresos.

POR REDACCIÓN

05 de enero de 2026
Los contribuyentes deben evaluar sus ingresos anuales para evitar ajustes retroactivos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) brindó precisiones sobre el próximo proceso de recategorización del monotributo. El organismo recordó que este trámite resulta "obligatorio para quienes, durante los últimos 12 meses, hayan excedido los límites de facturación de su categoría o modificado alguno de los parámetros que integran el régimen simplificado".

Desde ARCA aclararon que la normativa no aplica a todos por igual: "la obligación no alcanza a todos los monotributistas. Aquellos que aún no cumplieron seis meses desde su alta, quedan excluidos del proceso". Para el resto de los contribuyentes, es fundamental revisar su situación fiscal antes de iniciar 2026 para prevenir errores, ajustes posteriores y eventuales sanciones.

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El calendario para 2026 establece dos periodos específicos. El primero se habilitará entre finales de enero y principios de febrero, mientras que el segundo tendrá lugar durante el mes de agosto. En estas fechas, cada contribuyente debe analizar si su categoría actual refleja la realidad económica de su actividad, considerando la evolución de sus ingresos y demás variables. Según el organismo, este esquema busca evitar desfases entre lo declarado y lo facturado, lo cual impacta directamente en la cuota mensual, los aportes previsionales y la cobertura de salud.

Respecto a los incumplimientos, ARCA advirtió que "no cumplir con la recategorización cuando corresponde puede generar sanciones". En tales casos, el ente recaudador puede aplicar multas de hasta el 50% del impuesto integrado y del aporte previsional de la categoría real, sumado a la realización de ajustes retroactivos por las diferencias no declaradas.

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Mantener la situación regular asegura la continuidad de los beneficios del régimen. A continuación, se detallan los topes anuales de ingresos brutos vigentes hasta febrero:

  • Categoría A: $8.992.597,87

  • Categoría B: $13.175.201,52

  • Categoría C: $18.473.166,15

  • Categoría D: $22.934.610,05

  • Categoría E: $26.977.793,60

  • Categoría F: $33.809.379,57

  • Categoría G: $40.431.835,35

  • Categoría H: $61.344.853,64

  • Categoría I: $68.664.410,05

  • Categoría J: $78.632.948,76

  • Categoría K: $94.805.682,90

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