El gobierno de la provincia de Santa Fe oficializó mediante el decreto 2726/2025 el "Protocolo para la Adopción y Uso de Tecnologías de Inteligencia Artificial Generativa en el ámbito de la Administración Pública". La normativa, firmada por el gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia, entró en vigencia el pasado lunes 3 de noviembre tras su publicación en el Boletín Oficial, estableciendo un marco regulatorio para la implementación de estas tecnologías en todo el Estado provincial.
El documento define a la Inteligencia Artificial como sistemas basados en máquinas que pueden realizar predicciones, recomendaciones o tomar decisiones que influyan en entornos reales o virtuales. Asimismo, conceptualiza a la Inteligencia Artificial Generativa como aquellos sistemas cuyo propósito principal es la generación de contenido nuevo en formato de texto, imagen, audio o código. El protocolo incluye definiciones específicas sobre el tratamiento de datos personales y sensibles, enfatizando la protección de información relacionada con origen étnico, creencias religiosas, afiliación sindical, opiniones políticas, datos de salud, orientación sexual e información genética o biométrica.
La Secretaría de Tecnologías para la Gestión fue designada como autoridad de aplicación, con facultades para dictar normas aclaratorias, elaborar guías de buenas prácticas, coordinar capacitaciones obligatorias y evaluar periódicamente la pertinencia del marco normativo. Se establece que todos los agentes públicos que utilicen estas herramientas por la naturaleza de sus funciones deberán participar y aprobar programas de capacitación sobre el uso ético y responsable de la inteligencia artificial generativa.
El decreto prevé el desarrollo de un Plan Anual de Capacitación que incluirá aspectos técnicos, riesgos, principios éticos y el marco normativo aplicable, fomentando una cultura de uso crítico y responsable de la tecnología. Finalmente, se determina que el incumplimiento de los deberes establecidos dará lugar a la aplicación de sanciones disciplinarias correspondientes, previa sustanciación del procedimiento disciplinario pertinente que garantice el debido proceso.