Política > Punto por punto
La letra chica de la reforma laboral: jornadas de 12 hs e indemnización en cuotas
El proyecto de “Ley de Promoción de Inversiones y Empleo” propone ampliar las jornadas laborales hasta 12 horas, permitir el pago de indemnizaciones en cuotas y beneficios en "tickets".
POR REDACCIÓN
El Gobierno nacional presentó ante el Congreso la Ley de Promoción de Inversiones y Empleo, una propuesta que reúne reformas laborales, incentivos para la creación de empleo y medidas para fomentar la inversión productiva. El texto fue impulsado por la diputada Romina Diez y reemplaza la versión incluida en la Ley de Bases.
El presidente Javier Milei aseguró que la iniciativa busca “estimular la inversión y reducir la informalidad sin que esto implique una pérdida de derechos”. Además, el proyecto se complementará con una futura reforma tributaria que reducirá o eliminará cerca de 20 impuestos.
Proyecto de reforma laboral by Diario Huarpe
Modernización laboral
- Flexibilidad en las condiciones de trabajo: El empleador podrá modificar ciertas condiciones de la prestación laboral —conocido como ius variandi— siempre que los cambios no sean irrazonables ni afecten elementos esenciales del contrato. Si la medida resulta perjudicial, el trabajador podrá considerarse despedido sin causa.
- Régimen disciplinario abreviado: Las sanciones laborales deberán ser proporcionales a las faltas cometidas. El trabajador tendrá 30 días corridos para impugnar una sanción; pasado ese plazo, se la considera consentida.
- Jornada laboral y banco de horas: Las convenciones colectivas podrán establecer regímenes flexibles de jornada, con bancos de horas o francos compensatorios, respetando un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
- Fragmentación de vacaciones: Las vacaciones podrán otorgarse en distintos períodos del año, siempre que cada tramo no sea menor a una semana y se complete antes del 30 de abril del año siguiente.
- Nuevos beneficios sociales: Se amplía la lista de beneficios no remunerativos, incluyendo vales de comida, reintegros médicos y de guardería, telefonía móvil, acceso a internet y cuotas de clubes o gimnasios. Estos no integran el salario a efectos de aportes.
- Digitalización de recibos de pago: Los sueldos podrán acreditarse en entidades financieras habilitadas y los recibos emitirse de manera electrónica, con la misma validez que los documentos en papel.
- Indemnización por reingreso: Si un trabajador vuelve a ingresar a la misma empresa, se podrá deducir lo ya abonado por indemnización en períodos anteriores, aunque el monto final no podrá ser menor al correspondiente al último período trabajado.
Juicios, interéses e indemnizaciones
- Tope a los intereses judiciales: Los créditos laborales no podrán generar intereses superiores al IPC más un 3% anual, limitando la actualización de las deudas laborales.
- Pago en cuotas para PyMEs: Las micro, pequeñas y medianas empresas podrán abonar indemnizaciones o sentencias judiciales en hasta 12 cuotas mensuales consecutivas, ajustadas por IPC + 3%.
- Límite a las costas procesales: El pago de costas y honorarios judiciales no podrá superar el 25% del monto total de la sentencia. Si se excede ese límite, el juez deberá prorratear los montos entre los beneficiarios.
- Control de certificados médicos: Si el empleador duda de la veracidad de un certificado médico, podrá denunciarlo ante la Secretaría de Trabajo, que verificará el diagnóstico a través de un registro de peritos médicos y podrá sancionar a los profesionales.
Trabajo agrario
Exclusión de cosecha y empaque: Los trabajadores de cosecha y empaque de frutas quedan fuera del régimen agrario (Ley 26.727) y pasan a regirse por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
Límite a la solidaridad en subcontratación: La empresa contratante será solidariamente responsable solo por las obligaciones laborales devengadas durante el período en que el trabajador prestó efectivamente servicios.
Incentivo al empleo
- Bono de crédito fiscal por nuevos empleos: Se otorga un bono de crédito fiscal para el pago de contribuciones patronales (SIPA) a las empresas que generen nuevos puestos de trabajo durante los primeros 18 meses de la ley.
- Beneficios diferenciados según tamaño de empresa
- Régimen de empalme social: Los beneficiarios de planes sociales que consigan un empleo formal podrán mantener el plan suspendido hasta 13 meses. Si conservan el trabajo, la baja será automática.
- Contratación de empleados públicos: Las empresas que contraten a trabajadores del sector público recibirán un bono fiscal del 100% de las contribuciones patronales por 18 meses.
- Tope salarial deducible: El beneficio alcanza a salarios brutos de hasta $1.000.000, con actualización trimestral según el IPC.
- Vigencia y uso del bono: Los bonos son intransferibles, se pueden usar por 24 meses para cancelar tributos nacionales y no aplican a deudas previas ni generan devoluciones.
Fomento a la producción y productividad
- Creación del RIMI (Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones): El nuevo régimen busca fomentar inversiones productivas, impulsar el desarrollo y generar empleo.
- Amortización acelerada: Permite deducir más rápido los bienes de capital: Bienes muebles: vida útil reducida al 50%. Obras de infraestructura: reducida al 60%.Equipos de riego o energía renovable: en una sola cuota.
- Devolución anticipada de IVA: Las inversiones productivas podrán recuperar o acreditar el IVA en solo tres períodos fiscales, con posibilidad de solicitar devolución o transferencia por única vez.
- Reducción del IVA para riego: El IVA baja al 10,5% para la energía eléctrica usada en sistemas de riego del sector agroindustrial.
- Desgravación de exportaciones MiPyMEs: Las MiPyMEs industriales no pagarán derechos de exportación hasta el 31 de diciembre de 2026, siempre que aumenten su volumen exportado respecto al año anterior.
Régimen de prenda
- Unificación y digitalización: Se derogan las normas previas y se crea un régimen único de prenda electrónica. Los documentos físicos deberán digitalizarse para su registro.
- Bienes en poder del deudor: Los bienes prendados podrán permanecer en posesión del deudor, lo que simplifica la operatoria.
- Registro electrónico nacional: Las inscripciones se harán en un registro digital con alcance nacional, mediante trámites remotos y simplificados.
- Título ejecutivo digital: En caso de incumplimiento, el certificado de prenda digital será suficiente para iniciar un juicio ejecutivo.
Otras disposiciones
- Aumento del cupo de capacitación MiPyMEs: El monto máximo de certificados para capacitación no podrá superar el 30% de la masa salarial total de la empresa.
- Derogación de leyes previas: Se eliminan las Leyes 25.872 y 26.270, reemplazadas por el nuevo esquema de promoción e incentivos.
Reacciones y contexto
El proyecto recupera puntos del DNU 70/23, actualmente suspendido por la Justicia laboral. Desde la Secretaría de Trabajo, se advierte que solo el 4% de los trabajadores está alcanzado por convenios colectivos por empresa, lo que demuestra la necesidad de nuevos mecanismos de negociación.
La CGT manifestó un “rechazo categórico”, mientras que el dirigente Gerardo Martínez (UOCRA) anticipó que judicializarán la iniciativa por considerarla “inconsulta”.
Para el Gobierno, la Ley de Promoción de Inversiones y Empleo es un paso clave antes de la reforma tributaria. Su objetivo central es modernizar el mercado laboral, atraer inversiones y reducir la informalidad que afecta a más del 40% de los trabajadores del país.