Judiciales > Tribunales
Liberaron al periodista sanjuanino acusado de abusar a una menor de edad
La insistencia de la fiscal por la condena de Víctor Hugo Panis chocó con la severa sentencia del juez Benedicto Correa.
POR REDACCIÓN
La Justicia ratificó la absolución del periodista sanjuanino Víctor Hugo Panis, quien fue sometido a juicio en julio de este año por la presunta comisión de abuso sexual contra una menor. Tras el intenso debate inicial, el juez Sergio López Martí había resuelto absolverlo aplicando el beneficio de la duda. Cabe destacar que la fiscalía, bajo la dirección de Valentina Bucciarelli, había solicitado una condena de 3 años de prisión condicional; mientras que la defensora oficial Sandra Leveque se mantuvo firme en la inocencia de su defendido, exigiendo la absolución de la grave acusación.
Este veredicto inicial fue impugnado por el Ministerio Público Fiscal (MPF), que insistió en que Panis debía ser condenado. El recurso de apelación fue estudiado por el juez de Impugnación Benedicto Correa, quien finalmente confirmó la absolución para el periodista.
El recurso de apelación, impulsado por Bucciarelli y ratificado en audiencia por el Fiscal de Impugnación Fabrizio Medici, se basó en diversos agravios. La Fiscalía argumentó que la sentencia del juez de juicio "no tenía motivación suficiente, era irrazonable y arbitraria". Además, expresaron que el magistrado "valoró erróneamente la prueba, apartándose de la sana crítica racional y omitiendo aplicar una perspectiva de género y minoridad". El MPF también "Exigió precisiones de día, horario y lugar del relato del hecho", a pesar de que la psicóloga de la Corte había determinado que la menor mantenía "un relato coherente y consistente".
Frente a la apelación fiscal, la abogada defensora de Panis, Sandra Leveque, sostuvo "que la sentencia absolutoria era razonada y fundada". Leveque indicó que el MPF "no había logrado acreditar la existencia del hecho ni las circunstancias de tiempo, modo y lugar con la certeza necesaria para una condena".
El juez Correa, al analizar la cuestión de fondo, concluyó que la sentencia absolutoria "se mantuvo dentro de los límites de la sana crítica racional y no adolecía de arbitrariedad". Fundamentó su decisión en la insuficiencia probatoria y la persistencia de la duda razonable. Entre los argumentos, el juez señaló que la absolución se sustentó en "la ausencia de certeza probatoria, que es necesaria para quebrar el estado de inocencia", y que la decisión no fue caprichosa, sino la aplicación del principio constitucional in dubio pro reo.
Se destacó en la resolución que el relato de la presunta víctima fue "confuso, generalizado y sin detalles" en cuanto a las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Adicionalmente, el Tribunal respaldó la valoración de la limitación motriz de Panis (poliomielitis) como "un elemento fáctico objetivo que, contrastado con la escasez de detalles en el relato de la víctima, generó un margen de duda razonable acerca de la dinámica del episodio".
Finalmente, el juez Benedicto Correa dedicó un punto específico en su escrito para cuestionar la actuación de la Fiscalía. Expresó que el MPF "se mostró alejada del deber de objetividad, al haber impulsado la acusación y un recurso sobre la base de un cuadro probatorio 'manifiestamente débil e insuficiente' para alcanzar el grado de certeza exigido para una condena".