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Reforma laboral: el Gobierno envió al Congreso el proyecto con cambios en vacaciones, despidos y jornada
La iniciativa firmada por Javier Milei propone un nuevo marco regulatorio que modifica indemnizaciones, incorpora bancos de horas, redefine la ultraactividad de los convenios y crea regímenes especiales para plataformas, trabajo agrario y casas particulares.
POR REDACCIÓN
El Gobierno nacional, encabezado por Javier Milei, presentó el texto definitivo del proyecto de reforma laboral que enviará al Congreso. Tras semanas de negociaciones en el Consejo de Mayo —ámbito que reunió a funcionarios, legisladores, gobernadores, empresarios y sindicalistas— el oficialismo dio forma a una iniciativa que propone una modernización integral de las normativas laborales vigentes. El proyecto introduce modificaciones en vacaciones, indemnizaciones, despidos, organización de la jornada, regímenes especiales y procedimientos judiciales. La CGT y otros sectores sindicales manifestaron su rechazo, mientras que el Gobierno busca avanzar con su aprobación en las próximas semanas.
Vacaciones: ampliaciones, fraccionamientos y nuevas reglas
El proyecto mantiene los estándares de la Ley de Contrato de Trabajo, garantizando el derecho a vacaciones pagas para todos los empleados. Se introduce la posibilidad de que trabajadores y empleadores —de forma individual o colectiva— acuerden ampliar el período vacacional, siempre dentro de los mínimos legales.
El texto establece que las vacaciones deben otorgarse entre el 1º de octubre y el 30 de abril, notificándose por escrito con al menos 30 días de anticipación. Se incorpora una novedad clave: cada tramo fraccionado no podrá ser menor a siete días corridos y, como mínimo una vez cada tres años, el trabajador deberá acceder a descanso durante el verano. Solo podrán otorgarse vacaciones fuera del período habitual con autorización de la Autoridad de Aplicación y por razones justificadas.
Banco de horas: nueva modalidad de compensación laboral
La iniciativa habilita acuerdos formales y voluntarios entre empleadores y trabajadores para implementar un sistema de banco de horas. Este régimen permite compensar horas extraordinarias con períodos equivalentes de descanso. Los convenios colectivos podrán fijar cálculos promedio para determinar la jornada máxima, siempre que se respeten descansos mínimos: 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales.
El objetivo es permitir jornadas más flexibles según demanda, compensando semanas de mayor intensidad laboral con otras de menor carga horaria.
Indemnizaciones y despidos: fondos sectoriales y topes
Uno de los ejes más sensibles del proyecto apunta a modificar el esquema de indemnizaciones por despido. La reforma habilita que sectores específicos reemplacen el sistema tradicional por fondos o seguros de cese laboral, financiados por aportes patronales mensuales. El cálculo indemnizatorio incluirá salario básico, sumas habituales y antigüedad, excluyendo conceptos extraordinarios o gratificaciones no habituales.
El texto fija topes y pisos: la base de cálculo no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio aplicable, y deberá ubicarse por encima del 67% de ese valor. También se regulan los beneficiarios en caso de fallecimiento del trabajador y la posibilidad de pago fraccionado bajo condiciones estrictas.
En cuanto a los despidos, se detallan procedimientos diferenciados entre desvinculación justificada y sin causa. En estos últimos casos, la indemnización se mantiene en un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual normal y habitual del último año.
El proyecto también introduce servicios mínimos obligatorios en actividades esenciales: 75% en sectores críticos y 50% en ramas estratégicas como salud, energía, transporte, educación, bancos y logística.
Si un despido es declarado inválido por la Justicia, el trabajador podrá optar entre reincorporarse o cobrar la indemnización correspondiente. La empresa deberá pagar los salarios caídos si el empleado regresa a su puesto.
Remuneraciones y digitalización laboral
La reforma incorpora nuevas reglas sobre la composición salarial, permitiendo integrar sumas fijas, variables y beneficios sociales. Se establece la obligatoriedad de digitalizar recibos de sueldo, planillas de asistencia y certificados médicos, equiparando su validez a la documentación en papel.
Los recibos deberán informar con claridad los aportes, contribuciones e importes adicionales. La Autoridad de Aplicación podrá sumar requisitos para reforzar la transparencia.
Enfermedad, certificaciones y reincorporaciones
El proyecto otorga validez plena a los certificados médicos digitales, que podrán ser verificados por empresas y seguridad social en un sistema centralizado. Para reincorporarse tras una enfermedad, el trabajador deberá contar con alta médica definitiva; en caso de retorno parcial, la remuneración será proporcional a la capacidad recuperada.
Regímenes especiales: casas particulares y trabajo agrario
Para el servicio doméstico, el período de prueba se extiende a seis meses y los recibos serán completamente electrónicos. Se regulan descansos, ropa de trabajo, alimentación y seguros específicos.
En el sector agrario se crea un contrato permanente de prestación continua, con un período de prueba de ocho meses. En ese lapso cualquiera de las partes podrá interrumpir la relación sin expresión de causa y sin indemnización, avisando con 15 días de anticipación. La remuneración por rendimiento tendrá un piso que deberá respetarse incluso si factores externos impiden alcanzarlo.
Fondos de Asistencia Laboral (FAL)
El proyecto crea fondos financiados con un aporte patronal del 3% de la remuneración computable. Estos FAL funcionarán como respaldo para despidos en el sector privado y tendrán reglas estrictas para su administración y liquidación.
Repartidores y plataformas: un nuevo régimen
La reforma incorpora un Régimen de Servicios Personales de Reparto y Mensajería para trabajadores de apps. Los repartidores deberán registrarse en ARCA, realizar aportes, contar con cobertura social e informar una cuenta bancaria. Tendrán derechos específicos: rechazar pedidos, conocer los motivos de bloqueos y recibir el 100% de las propinas.
Transferencias, subcontratación y responsabilidades
El proyecto delimita responsabilidades en casos de transferencia de establecimientos, subcontratación o empresas vinculadas. Habrá responsabilidad limitada cuando el empleador verifique la identidad y obligaciones de la contraparte.
Procedimientos judiciales y prácticas sindicales
Se introducen sanciones por “pluspetición inexcusable”, es decir, reclamos laborales excesivos sin justificación. Los juzgados deberán remitir antecedentes de empleo no registrado para agilizar procesos de regularización.
El capítulo sindical redefine prácticas desleales, regula asambleas internas —que requerirán autorización previa y no serán remuneradas— y reduce a diez horas mensuales el crédito horario de delegados. Se consideran infracciones muy graves los bloqueos y tomas de establecimientos.
Convenios colectivos, fin de la ultraactividad y formalización
El proyecto elimina la “ultraactividad”: al vencer un convenio, las condiciones laborales se mantienen solo hasta que se firme uno nuevo. La autoridad podrá suspender cláusulas ultraactivas si generan distorsiones económicas. También se establece que los convenios de menor ámbito prevalecen sobre los de mayor alcance.
Finalmente, se crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), con reducciones temporarias de contribuciones patronales para promover empleo registrado durante un año.